Certificado de aptitud laboral: lo que todo
empleador debe saber
El certificado de aptitud laboral es uno de los resultados más importantes de las evaluaciones médicas ocupacionales. Este documento permite a las empresas conocer si un trabajador puede desempeñar sus funciones de manera segura, según su estado de salud y los riesgos del cargo. Con la entrada en vigencia de la Resolución 1843 de 2025, el enfoque del certificado cambia, eliminando la clasificación tradicional de “no apto” y promoviendo una valoración más preventiva, adaptativa e incluyente.
¿Qué es el certificado de aptitud laboral?
Es un documento emitido por un profesional de la salud ocupacional como parte de una evaluación médica ocupacional, que puede ser de preingreso, periódica, de egreso, post incapacidad, de retorno laboral o de seguimiento, según lo establece la normatividad vigente. El certificado no revela diagnósticos clínicos, sino que informa sobre la aptitud funcional del trabajador frente a las exigencias del cargo y establece si requiere algún tipo de recomendación o ajuste.
¿Qué incluye una evaluación médica ocupacional?
Datos de identificación y sociodemográficos del trabajador.
Fecha, departamento, ciudad en donde se realiza la evaluación médica.
Datos de identificación del empleador.
Cuando se trate de empresas de servicios temporales, o trabajadores en misión, se deben suministrar, además, los datos de la empresa usuaria.
Actividad económica del empleador.
Nombre de las correspondientes administradoras de pensiones, salud y riesgos laborales a las cuales está afiliada la persona.
Firma del trabajador en constancia de entrega del concepto médico.
Recomendaciones o restricciones para el ejercicio de la labor.
Nombre, número del registro profesional, tipo y número del documento de identidad, número de Licencia en Seguridad y Salud en el Trabajo, y firma del médico que lo expide.
¿Qué conceptos pueden emitirse?
Según la Resolución 1843 de 2025, NO debe utilizarse el término “No apto”. En su lugar, el concepto médico ocupacional puede expresar:
1. Sin restricciones para el cargo:
El trabajador se encuentra en condiciones óptimas de salud y no presenta limitaciones físicas, sensoriales o mentales que interfieran con el desempeño de las funciones inherentes a su cargo.
2. Con restricciones para el cargo:
El trabajador puede desempeñar su labor, pero requiere la implementación de restricciones específicas para prevenir riesgos o agravamiento de su condición de salud. Las restricciones deben ser consideradas y gestionadas por el empleador conforme a la normatividad vigente.
3. Aplazado:
La aptitud médica del trabajador queda aplazada temporalmente, debido a la necesidad
de exámenes complementarios, evolución clínica, o diagnóstico pendiente, revisión previa
de historia clínica de EPS, ARL, formula visual, etc. No se emite concepto definitivo hasta
completar la valoración requerida.
4. Sin restricciones para continuar su labor actual:
El trabajador se encuentra clínicamente estable y puede continuar desarrollando sus funciones actuales sin modificaciones o restricciones. No se identifican condiciones de salud que interfieran con su desempeño laboral.
5. Con restricciones para continuar su labor actual:
El trabajador puede continuar desempeñando su labor siempre que se adopten las restricciones, conforme al artículo 6 de la Resolución 1843 de 2025. Como, por ejemplo:
Limitación en la manipulación de cargas superiores a 10 kg, para prevenir descompensación osteomuscular.
Evitar labores en alturas o en espacios confinados, conforme al riesgo identificado y la condición médica documentada.
Realizar pausas activas cada 2 horas de labor continua, como medida preventiva frente a fatiga o riesgo ergonómico.
No realizar turnos nocturnos o rotativos, en caso de patologías que requieran control del ciclo circadiano.
No exposición a agentes químicos, biológicos o ruido excesivo, cuando exista una condición clínica susceptible de agravarse.
Asignación preferente a tareas administrativas o de bajo riesgo, si la condición médica lo exige temporal o permanentemente.
Estas restricciones deberán ser consideradas por el empleador para hacer ajustes razonables y garantizar la conservación del empleo, en armonía con el principio de inclusión y adaptación laboral estipulado en la Resolución 1843 de 2025.
Importancia legal del certificado
Es un soporte obligatorio para el cumplimiento del SG-SST.
Sirve como respaldo en inspecciones del Ministerio de Trabajo, auditorías de la ARL y procesos jurídicos.
Es clave para evitar demandas laborales por omisión, discriminación o negligencia.
¿Qué debe hacer el empleador con este documento?
Aplicar las recomendaciones indicadas
Integrarlo al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)
No usarlo para discriminar ni desvincular automáticamente al trabajador
Hacer seguimiento a los casos que requieren control o adaptación
¿Quién conserva el certificado?
El empleador lo debe archivar, sin acceder a la historia clínica.
El trabajador puede solicitar copia del concepto emitido.
La IPS guarda la historia clínica ocupacional por 20 años, bajo normas de confidencialidad.
¿Dónde obtener un certificado válido?
El certificado de aptitud laboral debe ser emitido por una IPS habilitada con experiencia en salud ocupacional, como Juan Bautista Salud Ocupacional, que garantice:
Profesionales formados en medicina del trabajo.
Valoraciones con enfoque normativo y humano.
Acompañamiento técnico para implementar ecomendaciones.
Cotiza tus evaluaciones médicas y certificados
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